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COBRANZA JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL
Servicios de Cobranza
Los servicios de cobranza son aquellos que mediante la gestión y convenios de pago tienen a bien extinguir una obligación entre un acreedor y un deudor, esto quiere decir buscar una negociación entre quien debe y a quien le tienen que pagar.
Para profundizar en el tema es necesario aterrizar algunos puntos que nos apoyaran en la total comprensión del significado y alcance de contratar nuestros servicios de cobranza, por ejemplo, es importante entender que el pago debe ser exigido en tiempo y forma asi como promover la oportunidad para poder solventar una deuda de tal forma, en la que a nuestros clientes les sea conveniente. Nuestros servicios son programados, contamos con estrategia para hacerle frente a los deudores morosos, entrevistandolos personalmente y buscando obtener el pago total de la cuenta vencida, todo ello apegado a la ley con un abogado experto en cobranza quien en todo momento buscara recuperar su dinero.
Cobranza Extrajudicial
A lo que se le conoce comúnmente como cobranza EXTRAJUDICIAL suele tener un impacto negativo en quienes son requeridos por este medio para realizar el pago de alguna cuenta vencida sin embargo esto no es más que una simple mala impresión de lo que puede resultar sumamente beneficioso puesto que este sistema establece ventajas significativas que es el caso de ahorros en tiempo y dinero, tales como el pago de Abogados, gastos de ejecución y el tiempo que puede llegar a durar un juicio.
La ley establece algunos documentos conocidos como títulos de crédito, como lo son el pagare, letra de cambio, etc., los cuales son los medios idóneos garantizar una deuda, sin embargo, se exigen requisitos esenciales expresos en dichos documentos, para que estos sean válidos y puedan ser exigidos ante un órgano jurisdiccional.
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El pagaré es uno de los títulos de crédito más utilizados para garantizar una deuda, y estos son sus requisitos:
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I.- La mención de ser pagaré, inserta en el texto del documento;
II.- La promesa incondicional de pagar una suma determinada de dinero;
III.- El nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
IV.- La época y el lugar del pago;
V.- La fecha y el lugar en que se subscriba el documento; y
VI.- La firma del suscriptor o de la persona que firmé a su ruego o en su nombre.
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Como se ha venido explicando la gestión y realización de cobros están establecidos y regulados por la ley, por ello es adecuado tener la mejor asesoría legal, contactanos para llevar a cabo su cobranza y establecer una demanda a quien en su caso sea necesario requerir judicial o extrajudicialmente, con nosotros siempre encontrara una solución para recuperar su dinero efectivamente, acercate a los abogados profesionales con experiencia en el area de cobranza en Mexicali, Tecate, Tijuana, Playas de Rosarito y Ensenada.
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